
Entrevista a Antonio Fontanilla, Socio fundador de Fontanilla Abogados
Háblenos de su trayectoria profesional hasta llegar al punto en que se encuentra en la actualidad.
Acabé la Licenciatura de Derecho en 1984, por la Facultad de Derecho de la Universidad Central de Barcelona e inmediatamente me colegié en el Colegio de Abogados de Barcelona, y me inscribí en el Turno de Oficio y así poder compatibilizar el ejercicio profesional inicial con el Servicio Militar. En 1985, tras acabar mi permanencia en filas, me incorporé a un despacho de Abogados multidisciplinar, de Barcelona, donde permanecí durante tres años en calidad de colaborador o pasante. Durante los dos primeros años simultaneé la pasantía con la realización de estudios en la Escuela de Práctica Jurídica del Colegio de Abogados de Barcelona. En 1988 formé mi propio despacho de Abogados junto con otros compañeros, y que actualmente se denomina “FONTANILLA, Abogados”.
¿Dirigir un pequeño despacho especializado ha sido fruto del destino o consecuencia de una decisión personal?
Fundamentalmente, de una decisión personal. Siempre he preferido la autonomía en el ejercicio de mi profesión. Pienso que la sumisión a una estructura acarrea un entramado de intereses en el que pienso que no me sentiría cómodo a la hora de actuar con la autonomía de criterio y el sentido de la responsabilidad que exige la profesión de Abogado.
¿Cuántas personas trabajan en su despacho?
Tres personas, con diversas colaboraciones externas.
¿Qué servicios ofrece su firma? ¿En qué materia está especializada?
Asesoramiento jurídico en toda su extensión. En determinadas especialidades tales como Derecho Labora, Fiscal o Urbanístico el asunto se lleva conjuntamente con despachos colaboradores externos, aunque en todo caso con la supervisión y el control del asunto por parte de nuestro despacho. Nunca es una simple derivación del asunto. En reclamaciones por responsabilidad civil (sanitaria, profesional, etc.), desde todas las jurisdicciones, el despacho goza de una gran especialización.
¿También está especializado en un sector concreto?
Los clientes son, en general, particulares. También asesoramos a diversas Asociaciones de enfermos, y a Empresas, en menor número.
¿Cómo capta sus clientes?
Los clientes vienen al despacho, en un muy elevado porcentaje recomendados por otros clientes anteriores, tal y como se hacía tiempo atrás en la profesión de Abogado. Otra parte de los clientes provienen de despachos de Abogados que nos conocen por otros asuntos, y con los que se entabla una colaboración profesional. Un porcentaje inferior, por último, acuden al despacho a raíz de la repercusión mediática de ciertos asuntos.
España, con respecto a EEUU, está muy por detrás en materia de indemnizaciones. ¿A qué cree que se debe esto?
Es difícil ofrecer un diagnóstico. La cultura jurídica en uno y otro país es esencialmente diferente. Por otra parte los denominados “punitive damages” del Derecho anglosajón no tiene cabida en la actual situación de nuestro Derecho. Me refiero a que en esos otros sistemas jurídicos el concepto indemnizatorio propiamente dicho es una parte de aquello a lo que puede tener derecho la víctima, Otra parte serían esos “punitive damages”, a modo de sanción contra el responsable de los daños. En nuestro sistema, el Derecho de daños carece de una figura similar, de tal forma que sólo se indemniza el daño emergente y el lucro cesante. Cosa bien diferente es que se pueda discutir el importe de dichos daños, los cuales nunca compensan en su justa medida a la víctima. El porqué esto sucede, es algo digno de estudio, pero no se puede descartar que tenga que ver con la idiosincrasia de nuestro país, en el cual junto a reclamaciones totalmente ajustadas a la realidad del daño, se presentan también otras sin fundamento, lo cual es posible que haya llevado a los Tribunales a exigir una prueba plena sobre esos daños (que han de estar tan acreditados, dice la jurisprudencia, como los hechos de los que dimanaría la responsabilidad del autor). Ni qué decir tiene que dicha prueba plena se convierte en más de una ocasión en una prueba diabólica, es decir, una prueba imposible.
¿Cuál cree usted que es el valor diferencial de un despacho pequeño como el suyo, una auténtica “Boutique del Derecho”, con respecto a los grandes despachos? ¿Cree usted que los clientes tienen un trato más personalizado?
La cercanía con el cliente es un punto fundamental en los despachos pequeños. Ello repercute en un mejor y más adecuado conocimiento del asunto. Asimismo, el cliente tiene la seguridad de quién es el responsable de su asunto y la tranquilidad de que hará todo lo posible con independencia de la importancia económica de su caso en particular. Hay personas que creen que un despacho de 1000 m2 garantiza un buen asesoramiento jurídico y esto no es así. Al menos no lo es necesariamente. En un gran despacho puede haber buenos y malos profesionales. Otro tanto puede suceder con un despacho pequeño, con la diferencia de que el trato directo con el Abogado le permite al cliente discernir si esta ante un buen profesional o no. Durante mis más de 20 años de ejercicio profesional he podido conocer a grandes Abogados de importantes Bufetes de toda España. Como también estos compañeros han tenido oportunidad de conocer quién se enfrentaba a ellos, porque lo cierto es que en esos casos el porcentaje de éxitos de mi despacho ha sido particularmente alto.
¿Ha entablado algún tipo de acuerdo o alianza con algún despacho?
Los despachos pequeños tienen tendencia a confiar en otros despachos similares, por el mismo motivo que antes he referido en cuanto a la confianza de los particulares en este tipo de despachos, es decir, a la proximidad en el trato y a la confianza en que el asunto será objeto de una atención preferente. Una de las consecuencias de ello es que, sin necesidad de alguna de cerrar encorsetados acuerdos de colaboración, ésta sea una forma habitual de proceder, a modo de complemento de las capacidades de cada despacho.
¿Qué papel juegan las nuevas tecnologías en su despacho? ¿Tiene web? ¿Por qué sí o por qué no?
Juegan un papel importante. Así, por ejemplo, las bases de datos jurídicas han facilitado mucho el trabajo de búsqueda de normativa aplicable o de antecedentes sobre decisiones de los Tribunales en asuntos similares. Ello no obstante, siempre resulta necesaria el estudio en profundidad de cada posible antecedente, porque es imposible reconducir los múltiples matices de la cambiante realidad a un precedente. Por tanto, la tecnología ayuda en los prolegómenos del estudio en profundidad, pero nunca lo sustituye. No tenemos página WEB. Probablemente el día a día de nuestro trabajo nos impide plantearnos esas posibilidades, que no podemos descartar que se contemplen a corto o medio plazo.
¿Cree usted que un despacho de las características del suyo tiene mucho futuro en un sector en donde los más grandes cada vez lo son más?
La filosofía del despacho pequeño es dar un buen servicio, y siempre van a existir clientes que prioricen esto consigna frente a otras, lo cual significa que con uno u otro nivel, los despachos pequeños nunca desaparecerán. Quien crea estar mejor atendido en un despacho en el que ni saben quién es muy libre de hacerlo.
Centrándonos en su especialidad, ¿qué tipo de indemnizaciones son las más frecuentes?
Evidentemente, las dinerarias. De éstas, se están abriendo camino las indemnizaciones a futuro, es decir, aquellas en que, aunque una parte de las mismas se entreguen a la víctima en el momento, otra parte se reserva para la evolución de situaciones futuras y sólo posibles.
Pensando en un futuro, ¿le gustaría crecer? ¿Le “ilusiona” la idea de que una gran firma pueda absorberlo, integrándose en ella?
Me gustaría crecer en la medida de poder dar cada día mejor servicio. En tal sentido, cada día hago lo posible por ser mejor Abogado, en beneficio de mis clientes. En cambio, me temo que el crecimiento por el crecimiento no acarrea ese mejor servicio al cliente, sino sólo un eventual y pasajero incremento de los beneficios. No me planteo ninguna absorción ni nada parecido, ni pienso que lo vaya a hacer en el futuro.
¿Quiere añadir alguna cosa más?
Me gustaría añadir que después de la profesión de Médico, que vela por la salud y por la vida, la profesión de Abogado es a mi juicio una de las de mayor relevancia. Naturalmente, no me refiero a la consideración social ni a la fama, ni tampoco a los beneficios o ganancias que puede conllevar. Me refiero a lo importante que es la defensa de los derechos de cada persona, y a la gran responsabilidad que recae en quienes nos dedicamos a esa tarea. Es por ello que la profesión de Abogado debe ser, esencialmente, vocacional e independiente. Vocacional, porque sin esa voluntad de servicio hacia los demás, se puede llegar a ser un expendedor de consejos jurídicos, pero difícilmente se puede ser Abogado; e independiente porque sin autonomía no se puede conseguir la libertad de criterio necesaria para defender a cada cliente. Por ello, aun admitiendo que puedan existir otras posibilidades, el ejercicio libre de la profesión es, a mi juicio, el status que mejor garantiza la adecuada defensa de los ciudadanos.
ANTONIO FONTANILLA
SOCIO FUNDADOR DE FONTANILLA ABOGADOS
fontanilla.abogados@gmail.com
